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                 MODIFICARÍAN LEY DE CONCESIONES ELÉCTRICAS 
                  
                Revisado de "La República, 27/05/2003, pag 14" Lima - Perú | 
               
             
             
              El próximo lunes, la Comisión de Defensa del Consumidor debatirá el
            predictamen que propone la modificación de la Ley de Concesiones Eléctricas (Ley 25844)
            y su reglamento, la misma que establece que el interés por mora equivale a la tasa de
            interés legal. 
             
            Así lo informó el presidente del referido grupo de trabajo Yonhy Lescano, quien refirió
            que el texto establece que los concesionarios podrán aplicar a sus acreencias
            relacionadas con la prestación del servicio público de electricidad un interés por mora
            equivalente a la tasa de interés legal (3.4%). 
             
            Dicha tasa regirá a partir de la fecha de vencimiento de la factura del recibo hasta su
            cancelación. Además, el concesionario informará al cliente que lo solicite el tipo de
            interés y los plazos aplicados. 
             
            También plantea modificar los artículos 90 y 92 de la referida Ley y se determina que
            los concesionarios podrán efectuar el corte inmediato del servicio, sin necesidad de
            aviso previo al usuario ni intervención de las autoridades competentes cuando estén
            pendientes de pago facturaciones y/o cuotas, debidamente notificadas, de dos o más meses
            derivados de la prestación del servicio con el respectivo interés por mora equivalente a
            la tasa de interés legal.  
             
               
               
               
               
               
               
               
             
            
             
        
    
            
            
               
             
             
             
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