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Norma evitará que mineras cierren sin limpiar sus pasivos ambientales
Revisado de "Diario
la
Republica, 24/08/2005 "
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NUEVA LEY • La garantía cubrirá el costo para rehabilitación de zonas afectadas.
• Ello forma parte del Plan de Cierre que deberán presentar empresas mineras al Ministerio de Energía y Minas.
Un gran paso en la lucha por la defensa ambiental ante la explotación minera se ha dado con la recién aprobada reglamentación de cierre de minas. El punto más relevante de la nueva norma es el artículo que obliga a las empresas mineras a presentar un Plan de Cierre de Minas. En él se deben especificar todas las gestiones a realizar para rehabilitar las zonas afectadas por su actividad y el presupuesto que damandará ello.
El Plan de Cierre se puede aplicar de dos maneras. Una, en forma paralela a la explotación. La segunda, al finalizar las operaciones (vida útil de la mina). En este caso, las empresas deberán presentar una "Garantía Ambiental" o respaldo financiero que garantiza la ejecución del cierre ante situaciones de fuerza mayor, ya que si en este momento hubiera un accidente la empresa solo se va y no resarce los daños de contaminación como relaves, tajos, etc. La garantía podrá ser a través de carta fianza, hipotecas o depósito en efectivo", afirmó César Rodríguez, director general de Minería del Ministerio de Energía y Minas (MEM). "El Perú se pone a la vanguardia en legislación ambiental minera en Latinoamérica", comentó Rodríguez.
Otras medidas
El MEM dispondrá la creación del Área de Asuntos Sociales para que las empresas tengan el primer contacto con la población. Asimismo un Sistema de Alerta en Gestión Ambiental y Asuntos sociales: una línea abierta para recibir información de la población sobre problemas de contaminación y conflictos relacionados con la actividad de explotación.
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