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CONGRESO
NO MODIFICO TASAS DE REGALIAS MINERAS
Revisado de "Minería
y Petróleo, 02/07/2004 "
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PERÚ
La Comisión de Energía y Minas del Congreso modificó la Ley de regalías mineras aunque recogiendo sólo en parte los planteamientos llegados desde el Poder Ejecutivo. De acuerdo a la iniciativa aprobada, se incorpora la Tercer Disposición Final, por medio de la cual se precisa que los proyectos mineros que tengan suscritas regalías contractuales, se regirán por sus propios contratos; en tanto que los proyectos en proceso de licitación se adecuarán a la Ley 28258 promulgada el 25 de junio pasado.
El texto original del Poder Ejecutivo establecía los rangos bajo, medio, alto y superior, en función a los precios mínimos y máximos de los últimos veinte años, con un promedio de diez años. Este criterio no fue aceptado por la Comisión.
Durante el debate, una de las razones más insistentes fue aquella según la cual no habrá doble pago de las regalías mineras. Quedó en claro que no se pagará por una empresa minera, simultáneamente, la regalía contractual y la regalía minera.
Así mismo, quedó precisado que las regalías no se pagan en función de los precios; sino porque se trata de recursos no renovables. Es decir, no se tomó en cuenta el factor de "rangos de refugio" por la caída de precios de los minerales.
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