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MODIFICARÍAN LEY DE CONCESIONES ELÉCTRICAS
Revisado de "La República, 27/05/2003, pag 14" Lima - Perú |
El próximo lunes, la Comisión de Defensa del Consumidor debatirá el
predictamen que propone la modificación de la Ley de Concesiones Eléctricas (Ley 25844)
y su reglamento, la misma que establece que el interés por mora equivale a la tasa de
interés legal.
Así lo informó el presidente del referido grupo de trabajo Yonhy Lescano, quien refirió
que el texto establece que los concesionarios podrán aplicar a sus acreencias
relacionadas con la prestación del servicio público de electricidad un interés por mora
equivalente a la tasa de interés legal (3.4%).
Dicha tasa regirá a partir de la fecha de vencimiento de la factura del recibo hasta su
cancelación. Además, el concesionario informará al cliente que lo solicite el tipo de
interés y los plazos aplicados.
También plantea modificar los artículos 90 y 92 de la referida Ley y se determina que
los concesionarios podrán efectuar el corte inmediato del servicio, sin necesidad de
aviso previo al usuario ni intervención de las autoridades competentes cuando estén
pendientes de pago facturaciones y/o cuotas, debidamente notificadas, de dos o más meses
derivados de la prestación del servicio con el respectivo interés por mora equivalente a
la tasa de interés legal.
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